Mas sanciones .

Expte. Nro. 17/2016

Se reciben informe de los Sres. Árbitros E.Riera, E. Sentous y A.Cassina, donde se informa lo ocurrido con el Sr. Mauro Robledo, como padre/espectador de Central Argentino, en el encuentro entre Banda Norte y Central Argentino, de la categoría U-15, de fecha 14 de Septiembre de 2016, donde fue expulsado del campo de juego, por actos de incultura hacia  la persona de los árbitros.
Se solicita descargo al Sr. Mauro Robledo, lo que a la fecha presento el mismo, reconociendo el error y pidiendo las disculpas a los involucrados.
Es jurisprudencia de este Tribunal, que los informes que elaboran los árbitros constituyen, semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y que solo mediante el aporte de testimonios directos en contrario puede desacreditarse ese valor.
El Honorable Tribunal Disciplinario, resuelve:
a) Aplicar al Sr. Mauro ROBLEDO, padre/espectador del jugador de Sporting Club, la pena de UN MES DE SUSPENSION, según Art. 82ª inc. a) del Código de Penas.

b) Dicha suspensión vence el dìa 26 de Octubre de 2016.



Rio Cuarto, 27 de Septiembre de 2016.



                                                                                                                                             Pablo Tosto
                                                                                                               H.Tribunal Disciplinario A.R.B.


Dos meses para un papà:


Expte. Nro. 18/2016

Se reciben informe de los Sres. Árbitros E.Riera, E. Sentous y E. Silva, donde se informa lo ocurrido con el Sr. Aldo Chiapella, como padre/espectador de Central Argentino, en el encuentro entre Banda Norte y Central Argentino, de la categoría U-19, de fecha 14 de Septiembre de 2016, donde fue expulsado del campo de juego, por actos de incultura hacia la persona de los árbitros y a la persona de un jugador de Banda Norte
Se solicita descargo al Sr. Aldo Chiapella, lo que a la fecha presento el mismo, reconociendo el error y pidiendo las disculpas a los involucrados.
Es jurisprudencia de este Tribunal, que los informes que elaboran los árbitros constituyen, semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y que solo mediante el aporte de testimonios directos en contrario puede desacreditarse ese valor.
El Honorable Tribunal Disciplinario, resuelve:
  1. Aplicar al Sr. Aldo CHIAPELLA, padre/espectador del jugador de Central Argentino, la pena de DOS MES DE SUSPENSION, según Art. 82ª inc. a) del Código de Penas.

  1. Aplicar al Club Central Argentino, la pena de UNA AMONESTACION, según Art. 58° inc. c) del Código de Penas.

  1. Dicha suspensión vence el dìa 26 de Noviembre de 2016.



Rio Cuarto, 27 de Septiembre de 2016.


Pablo Tosto
H.Tribunal Disciplinario A.R.B.


xpte. Nro. 19/2016

Se reciben informe de los Sres. Árbitros E. Sentous y E. Silva, donde se informa lo ocurrido con el Sr. Dario Dho, como padre/espectador de Banda Norte, en el encuentro entre Estudiantes y Banda Norte, de la categoría U-13, de fecha 15 de Septiembre de 2016, donde fue expulsado del campo de juego, por actos de incultura hacia la persona de los árbitros.
Se solicita descargo al Sr. Dario Dho, lo que a la fecha presento el mismo, reconociendo el error y pidiendo las disculpas a los involucrados.
Es jurisprudencia de este Tribunal, que los informes que elaboran los árbitros constituyen, semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y que solo mediante el aporte de testimonios directos en contrario puede desacreditarse ese valor.
El Honorable Tribunal Disciplinario, resuelve:
  1. Aplicar al Sr. Dario DHO, padre/espectador del jugador de Banda Norte, la pena de UN MES DE SUSPENSION, según Art. 82ª inc. b) del Código de Penas.

  1. Dicha suspensión vence el dìa 26 de Octubre de 2016.



Rio Cuarto, 27 de Septiembre de 2016.